La sociedad moderna obliga a la utilización de medios modernos de trabajo
Novedades de Teletrabajo
Este trabajo de Laura Levy plantea una hipótesis para responder qué impacto tienen las Tecnologías de la Informática y las Comunicaciones actualmente en el empleo, mirado desde la óptica del Teletrabajo.
"El Teletrabajo, como nueva opción de empleo, tiene influencias positivas, pero a su vez aparecen determinados rasgos que lo hacen repercutir de forma negativa sobre el empleo y la protección al trabajador".
Según la autora de este trabajo, el objetivo general es demostrar cómo el Teletrabajo influye en la esfera laboral, tanto para el trabajador como para el empresario, mientras que también persigue definir cuáles son los antecedentes directos del Teletrabajo distinguiéndolo del trabajo a domicilio.
"(El Teletrabajo) tiene sus primeras referencias en EE.UU. durante la década de los 70 en plena crisis del petróleo. En el ámbito empresarial de la época, comenzaron a difundirse las nuevas teorías que consideraban la información como un recurso estratégico para la empresa. Se producen cambios de mentalidad en la organización de la empresa y en los propios trabajadores. Se pasa, por ejemplo, de un concepto de centralización de los servicios de la empresa, a una concepción de descentralización de la organización. De un concepto de horario fijo a otro de horario flexible. Cambia también el concepto de servicio y se redefinen las relaciones con trabajadores, clientes y proveedores".
“El Teletrabajo es una forma de organización y/o de realización del trabajo, utilizando las tecnologías de la información en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual un trabajo que podría ser realizado igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de estos locales de forma regular”.
"El trabajo a domicilio es “aquel que se realiza en el domicilio del trabajador o en un lugar libremente elegido por éste y sin vigilancia del Empresario. El teletrabajo está basado en la utilización masiva de herramientas informáticas y de Telecomunicación. La Ley No. 49 “Código de Trabajo”, de fecha 28/12/84 prevé en su glosario de términos el Contrato de Trabajo a domicilio; como el acuerdo por el que se formaliza la relación laboral entre las entidades laborales, por encargo de dichas entidades. Se suscribe con la finalidad de elaborar productos destinados al uso y consumo de la población, al turismo y la exportación o a la prestación de algún servicio, lo que se ejecuta con carácter temporal o permanente. En la Resolución No. 8 del 2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Reglamento General sobre las Relaciones Laborales, se recoge en su artículo 42, como una de las formas de contratos para la formalización de la relación laboral, el contrato a domicilio".
Lea la investigación completa de Laura Levy en la web de Asistentes Virtuales-Virtual Assistants Organization- V.A.O.
