En Costa Rica decretaron el teletrabajo temporal a embarazadas
Novedades de teletrabajo
El teletrabajo es un herramienta útil para contextos críticos, ya sea económicos o de salud, como el creado por la expansión de la Gripe H1N1 2009. No sólo es recomendado a trabajadores independientes sino que es muy útil para la organización de las empresas, públicas y privadas. Desde Costa Rica esto es entendido desde el gobierno en un nuevo intento de alejar a las mujeres embarazadas de los riesgos de contraer la enfermedad.
En el N° 162 de La Gaceta, diario oficial de Costa Rica, del día de 20 de agosto, se publicó el Decreto Ejecutivo (N° 35434-S-MTSS) del 12 de agosto del 2009, titulado "Implementación del teletrabajo en mujeres que se encuentren en estado de embarazo que presten servicios en instituciones públicas y empresas públicas del Estado y todas las empresas del sector privado".
La norma pretende contribuir al combate de la pandemia de influenza AH1N1 en ese sector vulnerable de la población y concuerda con el previamente aprobado decreto ejecutivo Nº 34704-MP-MTSS del 31 de julio del 2008, "Promoción del Teletrabajo en las Instituciones Públicas".
El decreto dice en su Artículo 1º: "La mujer que preste servicios en instituciones públicas y empresas públicas del Estado y en cualquier empresa del sector privado, que se encuentre en estado de embarazo, podrá prestar sus servicios desde su domicilio, o lugar habilitado para esos efectos, sujeto a la naturaleza de sus funciones, de forma tal que el trabajo que desarrolla pueda realizarse en los términos del Decreto Ejecutivo Nº 34704-MP-MTSS del 31 de julio del 2008".
Además obliga al patrono o representante patronal, a "supervisar el trabajo desempeñado bajo esta modalidad, sin que ello signifique que la trabajadora quede sujeta a horarios de trabajo o a otro tipo de control de asistencia y disciplina o que abuse o incurra en negligencia descuido o mala calidad en la prestación de sus servicios". Y agrega que "Para dichos efectos deberá establecer patrones adecuados de rendimiento de la trabajadora que se encuentre sometida a esa modalidad de trabajo".
Conozca más de este decreto en este artículo.
Fuente: Hess-cr. y La Gaceta.

